Inquietudes nacionales
¿Cómo catalogar la presión del SRI en los jueces que estudian casos de juicios y litigios tributarios de empresas privadas o personas naturales con el Estado?
Inapropiada. Por cuanto la Función Judicial debe estar protegida de las presiones de las partes en litigio, que, verdad de Perogrullo, evidentemente tienen intereses contrapuestos y por ello han sido justamente sometidos a la resolución de un tercero, que se presume es independiente, autónomo, honesto y experto en la materia que debe resolver. Esas son precisamente las cualidades que deben adornar a los miembros de la Función Judicial, sobre todo después de que el gobierno la sometió a un proceso controlado sólo por él, cuyo propósito declarado fue depurarla de las influencias extrañas a la recta aplicación de la ley.
Si una de las partes del litigio es el Estado, por su propio poder y peso, éste y sus funcionarios deben abstenerse de ejercer presiones de cualquier tipo; peor aún, si la presión se ejerce públicamente con advertencias de sanciones ante la perspectiva de que los jueces podrían adoptar decisiones que el Estado considera contrarias a sus intereses, o con imposición de las mismas porque ya las han adoptado.
Imprudente. Por cuanto el Estado y sus funcionarios deberían presumir que los jueces son imparciales y honestos. Hoy por lo menos deberían actuar en consonancia con lo hecho en la justicia. Tener algún decoro con el proceso de cambio ejecutado.
Inconsistente. Si el propio Estado les acusa de parcialización y deshonestidad, siendo como es la Función Judicial una parte del Estado, éste se está desprestigiando a sí mismo. Cuando el Estado actúa en un juicio, debe despojarse de cualquier tipo de autoridad y convertirse en una parte procesal igual a la otra que litiga.
Impertinente. Si los jueces son inducidos a pensar que no pueden resolver un litigio en contra de los intereses del Estado, la justicia deja de existir y la parte procesal que contradice al Estado sabrá que frente a aquel no tiene posibilidad alguna de defenderse y que los jueces, aun cuando el derecho, la razón y los hechos estén de su lado, jamás le van a otorgar la justicia que le corresponde. Eso es un ominoso precedente para la seguridad jurídica y para el Estado de derecho.
Inconveniente. En vista de que evidentemente, las propias leyes establecen mecanismos para sancionar a los jueces que incumplen con sus deberes, que violan sus juramentos y su ética personal y profesional. Sin embargo, no se puede considerar de una manera cuasi sistemática que el juez que resuelve un juicio en contra del Estado ha violado dichos deberes.
De otro lado, los funcionarios de las instituciones estatales perdedoras de los procesos judiciales deben actuar con mayor prudencia y mesura a la hora de acusar a los jueces de irregularidades, por el hecho de emitir una sentencia –con base a la ley y a las pruebas del proceso- a favor de la otra parte.
Por todo lo dicho, llama poderosamente la atención la suspensión fulminante decidida por el Consejo de la Judicatura en contra de los dos jueces de la Corte Nacional que fallaron en contra del SRI y a favor de la compañía OCP. El mensaje no deja espacio para la duda: la justicia no tiene independencia ni sus organismos de supervisión proceden con serenidad y transparencia.
¿Qué costos y beneficios trajo la incursión de la empresa Tata en el Banco del Seguro Social, Biess?
En el año 2008, el IESS decidió intervenir en el mercado hipotecario y escogió el modelo de participación directa, asumiendo todos los riesgos derivados de este tipo de operaciones crediticias, en lugar de aprovechar la infraestructura, conocimiento y experiencia que ofrecía todo el sistema financiero-bancos, mutualistas, financieras- para la negociación de sus carteras con una tasa de descuento que no sólo le cubría los potenciales costos operativos, sino le evitaba la aceptación del riesgo crediticio, y además le brindaba una rentabilidad neta muy superior a la que venía obteniendo en otras operaciones.
El IESS o el BIESS no tenían que llenarse de trabajadores ni necesitaban contar con un operador especial como TATA. Lamentablemente los resultados de la estrategia escogida no parecen adecuados. El IESS y BIESS tienen el doble de empleados de lo que tenían hace cuatro o cinco años (Son 20.000). Los trámites son largos y enredados. Duran más del doble de los similares realizados por las instituciones privadas y con seguridad más onerosos.
Tata se comprometió a cobrar casi 120 dólares por la calificación y concesión de cada hipotecario y 70 dólares por su administración. Los costos judiciales que cobraba podían llegar hasta 517 dólares en caso de créditos en mora. Todos estos valores no incluían gastos de avalúo, costos de escritura, tributos, registro de la propiedad, etc. que corrían por cuenta del IESS.
Sería bueno y saludable para todos transparentar lo que le costó TATA en estos años de asistencia, para confirmar si fue una decisión correcta u onerosa.
Se aprueba la incursión en el 1 por mil del Parque Nacional Yasuní para explotar petróleo. ¿Debe hacerlo la empresa estatal o pueden participar empresas privadas extranjeras y qué conviene?
Si la explotación se la hace, el gobierno debe asegurarse que se utilicen los más exigentes procedimientos y técnicas de producción compatibles con la protección de los equilibrios ambientales. Bajo esa decisión tomada con responsabilidad exclusiva del gobierno que sabe de los potenciales daños a los que somete esa área y la triste historia de contaminación de Petroecuador y las empresas chinas, en este caso debería encargar a una empresa de reputación sólida y establecer una auditoría internacional permanente de seguimiento, evaluación, sanción y suspensión de operaciones a cargo de una empresa mundialmente reconocida como confiable en este tipo de controles.
Las noticias dan cuenta de la entrega de crédito de la banca privada por más de USD 12.000 al sector productivo. ¿Es síntoma de buena salud económica y financiera del país, de confianza?
Por si sola esa cifra no dice mucho. Vista en perspectiva y comparada con períodos anteriores demuestra una desaceleración en el financiamiento de la economía, que fue advertida y estaba prevista luego de la imposición de los nuevos impuestos a la banca nacional.
DESTACADO
La sanción fulminante a dos jueces que fallaron contra el SRI deja un mensaje claro: no hay justicia independiente.
Colaboración
Editorial Diario EL COMERCIO
Octubre 2 del 2013