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Previsión y oportunidad

El laudo arbitral del CIADI trae una vez más a la mesa nacional de discusión la pertinencia de mantener políticas públicas que precautelen la estabilidad de la economía y con ella su viabilidad bajo circunstancias adversas o imprevistas. Ser cauto y algo precavido siempre es recomendable, más aún cuando se trata del bienestar colectivo. Algunos repudian la prudencia, pero estos incidentes demuestran su real valía. Ahorrar un porcentaje del ingreso se convierte en una garantía intergeneracional que asegura la continuidad de un proceso que busca reducir las brechas de inequidad. Es pensar en las proles que vienen. En cambio, vivir al día es tener la angustia bajo la almohada. Sufrir la presión alta y terminar con somníferos que aplaquen la ansiedad.


Eso lo sabe el gobierno y por eso cuando reconoce la existencia de contingentes, que no son otra cosa que obligaciones contraídas pero de ejecución potencial, demanda a las actividades privadas que establezcan fondos de protección. El ejemplo idóneo se encuentra en la reciente decisión de la Superintendencia de Bancos de establecer provisiones -léase fondos previsionales- por los compromisos adquiridos al emitir tarjetas de crédito con cupos cuya utilización es discrecional del titular. Es decir son valores que están disponibles y en algún momento se convierten en una operación real. Se puede discutir las cuantías o condiciones de su establecimiento, pero no la idoneidad o consistencia conceptual. Es en esencia una medida preventiva.


Dicho esto, es comprensible la postura del gobierno de apelar el fallo. La discusión jurídica es muy delicada y merece un tratamiento cuidadoso pues una mala formulación argumental puede ser fatal al interés nacional. No hay otra oportunidad. Aquí no cabe la disquisición política. Es un tema que compete exclusivamente al campo del derecho. Por ello, el resultado dependerá de los méritos y consistencia de los puntos de vista que pueda construir y presentar la autoridad a nombre del Estado.


Hasta tanto la obligación, si bien entraría en una etapa de suspensión de su ejecución, su monto definido por los árbitros como obligación nacional aumentará -por los intereses involucrados- en 275.000 dólares diarios (100 millones anuales). También es cierto que el gobierno, si la apelación termina fallida, podrá proponer un plan de pagos escalonados que desahogue las cuentas fiscales, pero la suma final determinaría un aumento de la deuda externa equivalente al 3.5% del PIB, la mitad del costo de la crisis del 99.


Todavía hay otros casos pendientes de solución arbitral por cuantías muy elevadas que pueden ocasionar más daño, por lo cual sería recomendable modificar la forma como el gobierno protege al país de estos contingentes.


DESTACADO

El laudo de la OXY determinaría un aumento de deuda externa del 3.5% del PIB, la mitad del costo de la crisis del 99.



Colaboración

Editorial Diario EL COMERCIO

Octubre 10 del 2012

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