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Inquietudes nacionales

¿Hasta qué punto en los contratos de reparación del oleoducto de Petroecuador y en las obras públicas nacionales o municipales no se está instaurando una colusoria modalidad contractual fundamentada en el lento avance o malos servicios para justificar ampliaciones de contrato o nuevos convenios?


Este es un tema complejo de analizar o explicar por cuanto involucra de manera directa a toda la organización empresarial o institucional pública, según sea el caso, a sus sistemas de contratación, evaluación, auditoria y control. Sin embargo, es importante comentar las condiciones que se requiere tener en vigencia en una sociedad para prevenir estos hechos, y confrontarlas con las existentes.


De la pregunta se desprende con claridad meridiana la importancia de disponer de una estructura pública solvente, estable, profesional y transparente; que se auto controle, rinda cuentas y se la maneje con criterios que respondan a principios de eficiencia, para que se asegure servicios de calidad y a costos razonables. De lo contrario, con un sistema opaco en su gestión, que no se somete al escrutinio público y que se lo administra con consignas políticas los resultados son de la calidad citada en la pregunta. Los ejemplos abundan en nuestra vida diaria y su corrección no se la aprecia tangiblemente. Es más, con el tiempo, la degradación ha sido el denominador común de la gestión pública, con raras excepciones.


Estudios internacionales sobre la calidad de la inversión pública en todos los órdenes, determinan la existencia de una dilapidación de recursos inconmensurable. Sólo piensen en el enorme daño ocasionado al país por Petroecuador con su incapacidad para sostener el nivel de producción que lo alcanzó en 1992. Son 100.000 barriles al día que no se producen y que significan a los precios actuales más de ¡mil millones de dólares al año de ingresos no generados!


Si esto pasa con temas de la trascendencia que su propia cifra nos determina, imaginémonos lo que ocurre con los contratos de menor monta, en muchos de los cuales la concertación entre contratista y contratante no tiene ningún control y permite que se establezcan condiciones que perjudican al patrimonio público. El tiempo y la percepción de que los “negociados” no son reprimidos ni ocasionan sanción alguna dentro de una sociedad permisiva, ha llevado a una situación de corrupción de amplio espectro.


Aquí cabe insertar un pensamiento de John K. Galbraith cuando señala que: El Estado es un tipo de organización que hace las cosas grandes mal, y las pequeñas también.


¿Cuáles son los efectos que se pueden prever con los cambios en la contratación para el trabajo por horas?


Es una nueva forma de flexibilizar la contratación de trabajadores para labores especiales que no demandan jornadas completas. Puede permitir una formalización de relaciones actualmente precarias o ilegales e inducir a un mayor desarrollo de actividades cíclicas o de especial configuración.


La modernización del Código de Trabajo incorporando nuevas formas de vinculación del trabajador con la empresa ayuda a combatir todas aquellas desfiguraciones creadas al margen de la ley por su inflexibilidad que han servido para establecer condiciones de trabajo contrarias al interés del trabajador.


Mientras más amplio y objetivo sea el espectro de la legislación laboral, mayores son las posibilidades de que las relaciones se desenvuelvan en un plano de protección razonable y justa al trabajador, que por su parte coadyuven al mejoramiento de la productividad y la obtención de resultados a la empresa, con lo cual el resultado final puede ser la constitución de un ambiente de labor que posibilite la existencia de un puesto de trabajo estable.


¿Se debe otorgar poderes coactivos al Ministerio de Economía para recuperar las deudas que tienen con él otras empresas públicas?


Lo que le ocurre a este ministerio es un nuevo efecto de la forma como se entiende en el país el cumplimiento de las obligaciones contraídas. A través del tiempo se ha consolidado la tesis de que a los deudores debe protegerse mediante una amplia y enredada legislación que incentiva la presencia de un “deudor moroso oportunista y de mala fe”. La AGD, el Banco Central han sufrido, entre otras instituciones públicas, en carne propia esta realidad, mezclada por supuesto con acciones inmorales de encubrimiento por parte de administradores públicos que se han escudado precisamente en esta frondosa multiplicación de normas para cristalizar daños enormes a los acreedores, entre los cuales sobresalen los depositantes y contribuyentes nacionales, además del propio Estado.


La cultura del cumplimiento de los contratos demanda la presencia de instrumentos que velen por su ejecución y, la coactiva es un arma poderosa que permite defender el interés colectivo de una forma oportuna. Pero es más, su sola presencia persuade al potencial moroso a actuar con responsabilidad, a proponer soluciones decorosas y a manejar los recursos con especial cuidado.


En el Ecuador, la legislación relativa a los derechos de los acreedores es una de las más débiles del continente, y constituye una causa vital para la obtención de esa reprochable baja calificación en los campos de la eficiencia y competitividad internacional. Muchos problemas nacionales tienen como explicación esta deficiencia que ha permitido enormes sinvergüencerías y cuyos costos todavía están por pagarse por toda la colectividad.


¿Es válida la propuesta de devolver las acreencias en cualquier tipo de especie por parte de la AGD?


Esto ha sido una práctica instaurada desde casi el inicio de las labores de la AGD. Muchos depositantes han recibido predios, oficinas, edificios, obras de arte, vehículos, muebles como parte de pago o cancelación de sus acreencias. Sólo miren que entidades funcionan en estos días en las antiguas oficinas de los bancos en liquidación o de Filanbanco y podrán confirmar la ejecución de esta política de pago de obligaciones.


¿Se debe primero pagar la deuda del IESS antes de destinar un monto del presupuesto para el déficit actuarial, como se prevé en la Ley Topo?


Eso no está claro en el proyecto. Se podría decir con cierta reserva que al no tocarse el tema se lo está dejando en las mismas condiciones actuales y por lo tanto se presumiría que la atención de esta deuda seguiría el curso conocido.


Lo que se propone es aplicar el pago del 40% del valor de las pensiones que le corresponde asumir al Estado como abono al déficit actuarial del sistema de pensiones. Incluso se ofrece emitir bonos para cubrir esa obligación con lo cual las cifras de endeudamiento público, déficit fiscal cambiarían notablemente ya que en la actualidad estos valores no están registrados en las cuentas fiscales. Esta propuesta explicita como obligación del Estado la cobertura de la brecha del IESS.

Colaboración Editorial

DIARIO EL COMERCIO

Marzo 17 del 2005

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