top of page

Deudores Morosos e Intereses

La reciente iniciativa del Presidente de la República de publicar la lista de los mayores deudores vencidos de los Bancos cerrados, que lamentablemente contiene errores y omisiones, vuelve a llamar la atención de la sociedad sobre una pregunta que clama por una respuesta seria; ¿Porque no ha sido posible cobrar esas deudas a personas y empresas que en su mayoría evidentemente tienen recursos en el país y fuera de él?

La pregunta es tanto más difícil de responder por el hecho de que los bancos cerrados, al ser de propiedad de la AGD tienen el privilegio de constituirse en un acreedor especial, pues disponen de un instrumento poderoso como es la jurisdicción coactiva, que permite acelerar la recuperación de obligaciones con un procedimiento expedito de secuestro de bienes muebles, inmuebles, bloqueo de cuentas, entre otros.

Entonces, ¿si la propia AGD con su capacidad coactiva no puede cobrar las deudas, que capacidad de acción tiene un acreedor común en el país? En otras palabras, ¿cuáles son los derechos de los acreedores en el Ecuador? Un estudio reciente que compara la legislación pertinente sobre la idoneidad y eficacia de los instrumentos de cobro en América Latina, muestra que el Ecuador es penúltimo en el ranking, superando sólo a Haití.

Esto significa que cualquier persona, empresa o institución financiera que quiera cobrar una deuda vencida, tiene una capacidad muy baja para lograr un resultado efectivo, ya sea porque la estructura legal es insuficiente, o porque el ejercicio de las disposiciones legales resulta lento y errático en el sistema judicial. Un ejemplo sencillo ilustra el punto: en Estados Unidos, el tiempo en el que una institución puede rematar una casa hipotecada de un deudor moroso no supera los 90 días. En el Ecuador, un juicio similar puede tardar cinco años (con el deudor viviendo en la casa).

Además de la enorme injusticia social que genera un esquema en el que los derechos de los acreedores son inefectivos –pensemos en lo que representa la lista de grandes deudores que no pagan el dinero que recibieron frente a las miles de personas que perdieron sus depósitos en los bancos cerrados-, existe una relación directa entre esta debilidad y el nivel de las tasas de interés.

Esto se produce porque al ser muy difícil cobrar los créditos impagos, las pérdidas esperadas de los créditos concedidos tienen que ser compensadas con tasas de interés más altas. Resulta entonces que toda la sociedad –a través de tasas de interés superiores a las adecuadas– paga el precio de un sistema que beneficia a los deudores morosos.

Está probado en todo el mundo que mejores derechos de los acreedores aumentan el volumen de crédito y reducen las tasas de interés, simplemente porque es más fácil recuperar las deudas y mantener el ciclo de crédito activo en beneficio general. La cultura del no pago es perjudicial para la colectividad.

Es hora de que enfrentemos con seriedad este problema de falta de derechos de los acreedores, mejorando los procedimientos de cobro con leyes más estrictas y un sistema judicial más eficiente. La integralidad de los sistemas de arbitraje con ejecución directa de los laudos cambiaría dramáticamente este panorama. Este esfuerzo impedirá que dentro de unos años volvamos a indignarnos por la publicación de alguna nueva lista de deudores morosos.

Colaboración Editorial

DIARIO EL COMERCIO

Mayo 21 del 2003

bottom of page